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A finales de febrero tendrá lugar el referéndum sobre la Constitución Europea. Se trata de una convocatoria que, en realidad, debería de haberse producido mucho antes, al firmarse los acuerdos de Maastrich que sellaron la transformación del espacio europeo de “mercado” a “unión”.
- De Maastrich ha derivado una política monetaria que, globalmente, ha sido positiva desde el punto de vista económico. En concreto nuestro país, ha recibido una inyección de Fondos Estructurales que ha permitido abordar importantes obras públicas que de otra manera hubieran tardado en ponerse en práctica.
- En lo que se refiere a las relaciones internacionales, en los inicios del 2004, es evidente:
-Se ha pasado de un modelo bipolar, a un intento unipolar (cuyo punto álgido hay que situarlo entre la Cumbre de las Azores) y, una marcha inevitable hacia un mundo multipolar (a raíz del fracaso de la política americana en un Irak, país hoy fuera de todo control).
-Dentro del diseño multipolar al que vamos encaminados, en el mundo futuro sólo van a tener espacio y voz propia los bloques continentales que respondan a una “dimensión” mínima. La Unión Europea es uno de ellos y deberá compartir relaciones con los otros dos actores euroasiáticos (Rusia y China) de un lado, y de otro con los EEUU.
Por consiguiente la Unión Europea tiene, en sí misma, elementos positivos (especialmente en el terreno económico) y elementos problemáticos (especialmente en la cesión de soberanía), que están traducidos en el proyecto constitucional. De ahí que se pueda concentrar la crítica al texto de la constitución que se trae a referéndum en cuatro aspectos.
1. Cesiones de Soberanía
Si se adopta una política exterior común, ¿hasta qué punto esta política no estará lastrada por los intereses históricos y geopolíticos de los tres principales países de la UE? (Inglaterra: tradicional política atlantista de unión y solidaridad al eje anglosajón; Francia: tradicional política de expansión africanista; Alemania: tradicional “marcha hacia el Este”, políticas que si bien ya no pueden concretarse en iniciativas colonialistas o traducirse en conquistas militares, si son susceptibles de hacerlo en iniciativas políticas (presencia de Inglaterra en Irak a remolque de EEUU), político-culturales (zona francófona en África y presencia militar francesa en varios países subsaharianos) o económica (penetración de la economía alemana en las antiguas naciones del bloque comunista, incluidas Ucrania y la propia Rusia). Y, por lo que a nosotros se refiere, ¿hasta qué punto una política europea común en materia internacional, no se forjará a espaldas del área de influencia de España, esto es Iberoamérica?
El proyecto de Constitución Europea se basa en tres principios “Principio de Atribución” (por el que se aceptan las cesiones de soberanía), “Principio de Subsiriaridad” y “Principio de Proporcionalidad”. El principio de atribución puede resultar peligroso para los países que no constituyen el “núcleo duro” de la UE (eje franco-alemán). Por que no es solamente en las relaciones internacionales y en defensa en donde va a existir cesión de soberanía, sino en legislaciones muy concretas en donde los intereses de cada país son contrapuestos o en donde las tradiciones son radicalmente distintas entre la Europa del Norte y la Europa del Sur (sobre todo sector primario -agricultura,ganadería, pesca). Por lo demás, los mecanismos de veto no favorecen a países de mediano tamaño como España. A pesar de que, hasta ahora, la palabra clave de las relaciones de cada país con la UE, ha sido “negociación”, a partir de ahora, esto queda sustituido por una dinámica en la que pueden quedar lesionados nuestros derechos e intereses como país.
2. Falta de definición
Llama la atención que un texto constitucional sea ambiguo en relación a la definición de los límites de Europa. La pregunta es ¿cuándo se considera que está “cerrada” la UE? ¿Cuándo hayan ingresado todos los países de “Eurovisión”? ¿Cuándo se hayan integrado todos los países que geográficamente son Europa? Y si esto es así ¿cuáles son los límites geográficos de Europa?
Sobre estos aspectos la Constitución Europea calla. Y es importante una definición, por que si bien hacia el Oeste están claros los límites de Europa, no ocurre así en el Este y en el Sud-Este. ¿Es el Este ucraniano Europa? ¿Y Bielorrusia? ¿Y Turquía? ¿por qué no extender las posibilidades de incorporación hasta la frontera con la India por que hasta allí llegó Alejandro Magno, o a Persia, étnicamente indo-europea?
Y lo que es peor, durante el período en el que la UE era sólo “mercado común” firmó acuerdos internacionales con países como Marruecos e Israel que suponen la puerta abierta para futuras integraciones de países situados fuera del marco geográfico de la UE.
Es incomprensible la existencia de un texto constitucional que no se haya preocupado de ser claro en tema de los límites de Europa y que no tenga presente la necesidad de buena vecindad con Rusia, los riesgos de ampliar las fronteras hasta el Kurdistán y las zonas calientes de Oriente Medio, etc.
3. Ausencia de criterios culturales
Pero la ambigüedad es mayor cuando, en aras de dar una mayor amplitud, el proyecto de Constitución Europea, elude cualquier definición cultural de Europa. Por que si se hubiera admitido la inclusión de una referencia a las “raíces cristianas de Europa”, estaba claro que entraban tanto el mundo católico, como el protestante o el ortodoxo… pero se hubieran excluido los territorios europeos en los que el Islam es la religión dominante.
La cuestión es: si hay definición cultural quedan excluidos algunos territorios, pero si no la hay es imposible establecer los límites de Europa.
Sin definición cultural, ¿cómo establecer los principios éticos y morales por los que debe discurrir la legislación europea?.
Ciertamente, existen territorios islamizados en Europa que practicó la limpieza étnica allí en donde pudo. A la vista de las posiciones del Islam actualmente, resulta absolutamente necesario tomar como mínimo precauciones.
4. Ambigüedades estructurales.
No queda claro lo que hasta ahora parecía estar, que la Unión Europea era una Unión de Estados Nacionales. En sí misma, la UE restaba completamente posibilidades de que en el interior de cualquier Nación europea se generaran movimientos independentistas. En este sentido, la existencia de la Unión era una garantía para el mantenimiento de los Estados-Nación en su actual configuración física. A partir de ahora, esto ya no está tan claro. Si bien es cierto que el eje franco-alemán es completamente opuesto a los procesos independentistas e incluso Alemania ha declarado recientemente, por boca de su canciller, que va a ser preciso reducir el margen de autonomía de los länder, lo cierto es que en países como España, existe un riesgo independentista que no cesará mientras la Carta Fundamental Europea, no incluya una precisa definición antiindependentista y se establezca como principio que la Unión Europea es una unión de Estados Nacionales.
En definitiva, la palabra que podemos añadir como etiqueta que acompañe al proyecto de Constitución Europea es AMBIGÜEDAD. El texto rezuma ambigüedad por todos sus poros. Y en política, la ambigüedad es preocupante. En nuestro país estamos particularmente sensibilizados por la Constitución del 78 cuya ambigüedad en materia autonómica, estamos hoy resintiendo: al no existir una definición concreta de “nacionalidad”, cualquier majadero puede imponer como buena su interpretación y equiparar “nación” a “nacionalidad”… concluyendo que a cada “nación” corresponde históricamente un Estado, mientras que –como es cierto- una “nacionalidad” es una parte de un todo.
La ambigüedad no es buena para una Carta Fundamental. Y es por ello que, aun reconociendo la necesidad de una estructura como la UE, adaptada a la dimensión necesaria en un mundo multipolar y reconociendo los elementos positivos que la política económica europea ha generado, es preciso reconocer también las sombras que pesan sobre el proceso europeo y que derivan, particularmente, de los puntos que hemos señalado, cuyo denominador común es la ambigüedad.
Todo lo expuesto implica que, por el futuro de España y el de Europa, VOTARÉ NO A ESTA CONSTITUCIÓN.
Asunto | Leido | Autor | Fecha |
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![]() | Observador | 1/Feb/2005 | |
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![]() | Ramón Cerdán S... | 1/Feb/2005 | |
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